miércoles, 10 de febrero de 2016

REAJUSTE CANON DE ARRENDAMIENTO Y VIVIENDA URBANA 2016


De conformidad con lo estipulado en la Ley 820 de 2003, respecto del reajuste al canon de arrendamiento de los inmuebles urbanos destinados a vivienda, los incrementos previstos para el 2016, serán los siguientes:
  1. Para los inmuebles cuyos contratos fueron suscritos antes de la fecha de expedición de la Ley 820, es decir, del 10 de julio de 2003, el incremento máximo del canon, será del 3% que corresponde a la meta de inflación fijada para el 2016 por el Banco de la República.
  2. Para los inmuebles cuyos contratos fueron suscritos con posterioridad al 10 de julio del 2003, al renovarse el contrato, el canon podrá incrementarse en un 6,77% que corresponde al Índice de Precio del Consumidor-IPC del año 2015, según lo establecido por el DANE.
 Es importante anotar que el incremento sólo es posible cada 12 meses de ejecución del contrato de arrendamiento bajo un mismo precio, debiendo el arrendador informarle al arrendatario a través del servicio postal autorizado o mediante el mecanismo de notificación personal establecido en el contrato, el monto del incremento y la fecha a partir de la cual se hará efectivo.
Inmuebles diferentes a vivienda
Los inmuebles rurales, oficinas, locales comerciales, bodegas, garajes, etc., ajustan sus cánones de conformidad a lo establecido en los respectivos contratos.
En relación con los contratos de arrendamiento de inmuebles con destinación diferente a vivienda urbana, como es de su conocimiento, tanto el canon como sus incrementos los estableen las partes de mutuo acuerdo
IVA – LEY 1607 DE 2012 Reforma Tributaria
Les recordamos que el arrendamiento de locales para usos diferentes a vivienda, se encuentran gravados con IVA a una tarifa del 16%. Ya que por regla general en materia de impuesto sobre las ventas (IVA), los bienes y servicios gravados que no tengan prevista una tarifa diferencial o especial, estarán sujetos a la tarifa general del 16% establecida en el artículo 468 del Estatuto Tributario.
Aprovechamos la oportunidad para expresarles nuestros mejores deseos en este inicio de año y reiterarles nuestra disposición de servicio en este 2016.
Cordialmente,
FEDELONJAS, EL GREMIO INMOBILIARIO NACIONAL

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